La mayoría de las terrazas cerradas incumple la ley al permitir fumar
Quien hace la ley, hace la trampa. Y en parte es lo que ha ocurrido con la Ley del Tabaco que impide fumar en todos los espacios cerrados.
Aunque en la mayoría de los establecimientos hosteleros no se respeta, cabe recordar que la Ley 42/2010, que modifica la Ley 28/2005, comúnmente conocida como “Ley antitabaco”, prohíbe fumar en aquellas terrazas cubiertas y cerradas por más de dos paredes, al considerarlas espacio cerrado.
Los hosteleros vieron en la propia norma un espacio en el que lidiar la prohibición de fumar, instalar terrazas que se abren y se cierran dependiendo del tiempo, en las que se permite consumir tabaco, aunque las lonas estén echadas. El 87% de los bares con terrazas cerradas no cumplen la normativa, según un estudio realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Fumar en aquellas terrazas donde está prohibido se considera una falta leve, si se realiza de forma aislada la multa puede ser de 30 euros pero si la conducta se repite al menos tres veces la infracción pasa a calificarse de grave y la multa podría llegar hasta los 10.000 euros, además, el dueño del establecimiento donde se permite fumar también se enfrentaría a importantes multas.
Además la normativa actual prohíbe fumar, entre otros sitios, en cualquier lugar al aire libre dentro de un recinto sanitario, en parques infantiles y en centros docentes, incluidos los accesos a los edificios y las aceras circundantes.
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