Multa e indemnización por destrozar un local cuando iba a ser desahuciado
El acusado alegó que quiso retirar todo lo que él había instalado en el local, que se encontraba en un “pésimo estado” cuando lo arrendó.
La Audiencia Provincial de Cantabria condena con una multa de 1.800 euros y el pago de una indemnización de 98.000 euros a un hombre que destrozó un local que tenía arrendado cuando supo que debía abandonarlo por un desahucio.
El hombre, previamente a que se llevara a cabo el lanzamiento por parte de la comisión judicial, desmontó el tejado de un comedor, las terrazas, los aseos y la cocina, tiró tabiques, arrancó las instalaciones eléctricas, los radiadores y canalones, e hizo agujeros y rayones en el suelo.
Según el demandado, su única intervención fue la retirada del mobiliario que había instalado en el local, además alegó que cuando recibió el establecimiento éste se encontraba en un pésimo estado.
No obstante, el tribunal considera probados los destrozos ocasionados y añade que no se corresponden con la alegada retirada de los muebles por él usados en la explotación de su actividad.
A juicio del tribunal, los desperfectos, "por su naturaleza y gravedad", evidencian "un propósito malintencionado de dañar a la propiedad arrendadora".
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