El genocidio en el conflicto de Siria
El 4 de febrero de 2016, el pleno del Parlamento Europeo se reunió para votar una resolución calificando los crímenes cometidos por el grupo terrorista Daesh/Isis en Siria e Irak. Esta resolución fue el resultado del debate del pasado 20 de enero, donde se calificó de genocidio los actos cometidos en contra de las minorías religiosas, en concreto cristianos y yazidíes.
El Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos señaló que los responsables de violaciones graves de esas garantías en Siria no deberían tener ninguna posibilidad de amnistía. Zeid Ra´ad Al Hussein se dirigió a la prensa en Ginebra, en el marco de las negociaciones de paz para Siria mediadas por la ONU, esperando que se ponga fin a los cinco años de abusos atroces y otras violaciones de las leyes internacionales que tienen lugar en Siria por todas las partes enfrentadas.
Por su parte, el 27 de enero la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó por unanimidad la resolución 2091 (2016) Combatientes extranjeros en Siria e Irak donde se recogen los actos cometidos por los individuos pertenecientes al Daesh/Isis como actos de genocidio y otros graves crímenes punibles bajo el Derecho Internacional.
El genocidio está recogido en diversos tratados internacionales como parte de los crímenes que afectan gravemente a la Comunidad Internacional en su conjunto, definiendo el genocidio como los actos “perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso” (Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948).
También es punible el intento, la complicidad, la conspiración o la incitación a cometer genocidio. Por tanto, cualquier individuo u organización, donde quiera que esté, que cometa, intente cometer o sea cómplice de genocidio, así como quien incite al mismo, deberá ser procesado penalmente.
De igual forma en el Estatuto de la Corte Penal Internacional se recoge no solo el crimen de genocidio, sino también los crímenes de lesa humanidad y de guerra. El Derecho Internacional impone a los Estados y a la Comunidad Internacional las obligaciones de prevenir el genocidio, defender a los grupos que son objeto de los genocidas y juzgar y castigar a los responsables, en cumplimiento de las obligaciones internacionales que han adquirido mediante los tratados internacionales que regulan esta materia.
A partir del reconocimiento de la situación, la Comunidad Internacional tendrá que plantearse cómo actuar frente a esta nueva amenaza para la paz y la seguridad internacional.
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