Preferentes, obligaciones subordinadas. Bonos Banco Popular.
¿Las conoce? Con nosotros puede reclamarlas.
Previamente señalar que la principal diferencia que existe entre las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas es que las preferentes tienen carácter perpetuo y las subordinadas tienen una fecha de vencimiento. Aunque hay que tener en cuenta que ninguna de los dos, ni las preferentes ni las subordinadas, están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos.
Las participaciones preferentes son valores que se emiten por una sociedad (banco), los cuales no confieren participación en el capital ni derecho a voto; tienen un carácter perpetuo y además su rentabilidad suele ser de carácter variable, por lo que no está garantizada. Aunque la remuneración de las participaciones preferentes suele ser fija el primer año, a partir del segundo año se suele tomar como referencia el euribor más un diferencial, por lo que la remuneración está condicionada a que se obtengan suficientes beneficios, por parte de la entidad emisora.