¿Es usted cliente del Banco Popular? Le ayudamos a reclamar su dinero
Si tiene una cuenta corriente, una cuenta de ahorro o un depósito a plazo fijo por un valor máximo de cien mil euros (por titular) no debe preocuparse ya que dichas cantidades están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos.
El problema surge si usted es accionista de dicha entidad bancaria o si es titular de bonos convertibles contingentes, de deuda subordinada, preferente o si usted tiene un depósito superior a cien mil euros.
Si acudió a la ampliación de capital del banco en junio de 2016 debe acreditar que el folleto no reflejaba una imagen real del banco para poder reclamar la pérdida económica sufrida. El cliente deberá probar que ha existido un error en la contratación de los productos bancarios de dicha entidad derivado de las falsedades, omisiones o información engañosa facilitada por el banco. Todo ello, con el fin de que se declare la nulidad de dichas contrataciones y el subsiguiente reembolso de las cantidades abonadas.
Es muy importante si la compra de acciones u otro producto financiero fue realizada de forma voluntaria por el cliente o asesorada por la entidad ya que en este último supuesto las posibilidades de éxito de una reclamación son mucho mayores.
Lógicamente, todo ello, sin perjuicio de las acciones penales que podrían interponerse frente a la propia entidad así como contra sus anteriores gestores.
En Ortega & Suárez Asociados estamos a su disposición para poder asesorarle en cualquier duda que tenga al respecto.
Etiquetas: accionistas banco popular , depositos banco popular, recuperar dinero banco popular, acciones banco popular, afectados banco popular, bonos subordinados, bonos banco popular, Bonos Popular, Bonos convertibles, Banco Popular