El “compliance program” o el código de buena conducta de la empresa
Antes de la reforma legislativa del año 2010 nuestro ordenamiento penal no concebía la idea de que una persona jurídica pudiera ser responsable penalmente de un delito ya que societas delinquere non potes, es decir, las sociedades no pueden delinquir; sin embargo, y siguiendo las concepciones del resto de países europeos, se ha instaurado en nuestro país un nuevo sujeto activo susceptible de la comisión de delitos.