A falta de un mes para que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre la retroactividad de las cláusulas suelo de las hipotecas, los bancos vuelven a sorprender a sus clientes, reuniéndose con ellos, con el fin de acabar para siempre con estas cláusulas abusivas, y ya de paso, evitar devolver las grandes sumas de dinero que los clientes han pagado de más durante estos últimos años.
La sentencia del Juzgado Mercantil acusa de «mala fe» a la entidad ya que tras siete años de pago de cuotas, los clientes debían más de lo que pidieron.
Mañana, día 21 de diciembre del 2016, está prevista a las 09:30 la lectura de la esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativa a la retroactividad de las conocidas popularmente como cláusulas suelo, presentes en muchos préstamoshipotecarios.
La sentencia reprocha a la Caja Rural que "no expresara con claridad que no se contrataba a un tipo de interés variable sino a un interés a tipo fijo mínimo".
Nuevamente la Audiencia Provincial de Zaragoza ha manifestado que aquellos acuerdos en los que los clientes renunciaban a demandar a la entidad como contraprestación por una rebaja en el suelo de su préstamo hipotecario son nulos.
El origen de la resolución del Tribunal Supremo fueron cuatro multas impuestas por la Secretaría General de Consumo de Andalucía a Unicaja por el uso de cláusulas abusivas en diferentes contratos.
Una reciente sentencia dictada por el Juez de Primera instancia número 5 de Gijón, ha anulado hasta cinco cláusulas de un contrato hipotecario por declararlas abusivas, obligando al banco a devolver el dinero y los intereses pagados, hasta la fecha del fallo judicial, por los demandantes.
En el pasado mes de enero la Audiencia Provincial de Las Palmas dictó un auto acordando el sobreseimiento de una ejecución hipotecaria, como consecuencia de la declaración de nulidad de una cláusula suelo.
ORTEGA & SUÁREZ ASOCIADOS cuenta con un departamento especializado en reclamación de impagados.
Destacar que gestionamos el impago con independencia del origen del mismo (letra de cambio, facturas, contratos de préstamo, arrendamientos financieros, etc.).
La gestión comienza de forma extrajudicial con el fin de evitar al cliente incurrir en costes procesales. En el caso que dicha gestión sea infructuosa, y siempre previa autorización del cliente, se iniciará la reclamación judicial de la deuda, vía monitorio o vía ejecutiva, personándose en procedimientos concursales si fuera necesario.
Contamos con un novedoso sistema de trabajo que permite acortar plazos y que da una gran prioridad a la gestión extrajudicial.
Muchos son los interrogantes suscitados por nuestros clientes respecto a la reclamación de gastos de constitución de hipoteca, sobre todo tras la ya famosa sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2015 y a través de la cual declara abusivas dichas cláusulas que, como en su caso, el BancoPopular y el BBVA impusieron a sus clientes a la hora de formalizar los créditos hipotecarios.
En Mayo de 2013 el Tribunal Supremo dictó una importantísima sentencia en la que declaraban nulas las cláusulas suelo de las hipotecas, en los casos en que éstas no sean lo suficientemente transparentes.
El Juzgado declara la nulidad de la cláusula incluida en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre una usuaria y el BancoSabadell el 30 de julio de 2003.
Es la primera sentencia favorable a una empresa dictada en los Tribunales de la ciudad de Valladolid, que abre las puertas a que más empresas, en casos similares, puedan ver anulada las cláusulassuelo de sus hipotecas.
Con la guerra librada a los bancos en lo referente a las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios, son ya numerosos Juzgados de lo Mercantil los que se han pronunciado acerca de las devoluciones de las cantidades pagadas de más, pero no desde el 9 de mayo de 2013 (fecha en la que el Tribunal Supremo declaró la nulidad de las cláusulas), sino desde la fecha en que se firmo cada préstamo.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Puede cambiar la configuración u obtener más información Saber más
Acepto
¿Qué son las cookies?
Una cookie es un fichero que se descarga en su ordenador al acceder a determinadas páginas web. Las cookies permiten a una página web, entre otras cosas, almacenar y recuperar información sobre las preferencias de navegación de un usuario o de su equipo.
ORTEGA & SUÁREZ, S.C.P. utiliza cookies en su portal web para almacenar las preferencias del usuario con el fin de mejorar la calidad de nuestros servicios, asegurar el funcionamiento técnico tanto del portal como de las transacciones realizadas, y desarrollar nuevas y mejores prestaciones. Si se desactivan o rechazan las cookies, puede ocurrir que algunas de las funciones y/o servicios no funcionen adecuadamente.
¿Qué Cookies utilizamos?
Utilizamos las siguientes cookies en nuestro portal:
Google: Publicidad en Google Adwords y análisis con Google Analytics. Política de privacidad
¿Cómo deshabilitar las cookies en los principales navegadores?
Normalmente es posible dejar de aceptar las Cookies del navegador, o dejar de aceptar las Cookies de un Servicio en particular. Todos los navegadores modernos permiten cambiar la configuración de Cookies. Estos ajustes normalmente se encuentra en las ‘opciones’ o ‘Preferencias’ del menú de su navegador. Aunque puede variar ligeramente de una versión de navegador a otra, la configuración de la política de cookies para los navegadores más utilizados es la siguiente:
Internet Explorer: Herramientas -> Opciones de Internet -> Privacidad -> Configuración.